Asamblea de vecinos autoconvocados de Villa Bosch
LA ASAMBLEA ES TODOS LOS MARTES A LAS 19:30 EN EL MURO.
Y TODOS LOS SÁBADOS ESTAMOS TRABAJANDO EN LA HUERTA DESDE LAS 10:00
.: : :.

RESUMIENDO: EN QUÉ ANDAMOS Y EN QUÉ ANDUVIMOS

¿SABÍAS DE LA TERMINAL DE MICROS DE LARGA DISTANCIA?

¿CONOCÉS LA HUERTA? ESTÁ LINDA LINDA

¿PODÉS CREER QUE NOS ESTÁ INTIMANDO LA POLICÍA
Y QUE VOLVIÓ A DENUNCIARNOS EL SR. DI PAOLO?

...

DENUNCIARON A ALGUNOS VECINOS


VECINOS DENUNCIADOS
Según se informó, un tal Sr. Nicolás Di Paolo hizo una denuncia por un delito aún no caratulado, pero que sería el de “amenazas coactivas” contra diez personas participantes de la marcha.

Se desconoce el sustento fáctico (los hechos que le dieron lugar) de la denuncia, pero seguramente será informado en el momento de la indagatoria.


¿Y SI ME CITAN A MÍ?
Si alguien es citado por estar denunciado, luego de notificarse de las garantías, será notificado (por cédula policial) del día en que deberá prestar declaración indagatoria.
Ese día tiene que presentarse con abogado. Un abogado particular suele cobrar bastante dinero para acompañarlos a la indagatoria.
En el segundo entrepiso del edificio central de los Tribunales de San Martín (Av. 101, Ricardo Balbín ex Ruta 8 N° 1750), está la Defensoría Oficial, donde le van a asignar un abogado gratuito.

Ese día, antes de comenzar la declaración, le tienen que informar:
a) Delito del que se lo acusa y escala penal que establece el Código Penal de la Nación.
b) Circunstancias de modo, tiempo y lugar donde se cometió el hecho con todos los permenores y explicado de la manera más completa posible.
c) Le tienen que preguntar si está al tanto de las garantías del proceso penal, sin perjuicio de que se las deben repetir.
d) Informarle que UFI y qué Juzgado de Garantías está a cargo del expediente, y quiénes son los titulares de los mismos (Fiscal y Juez).
e) El nombre del denunciante. Fecha y lugar donde radicó la denuncia, y las razones por la que se presentó como particular damnificado.
f) Le deben preguntar si va a declarar o no. Si se negaren, no será incriminación en su contra y el acto procesal se dará por concluido. Si aceptan declarar, pueden contestar las preguntas que quieran. Y además NO ESTÁN OBLIGADOS A DECLARAR EN SU CONTRA.

Foto de una de las citaciones